Mi familiar autorizado para el cobro del subsidio ha fallecido. ¿Puede cobrarlo otra persona?El subsidio monetario sólo puede cobrarlo la persona autorizada o receptor/perceptor definida por el Ministerio.Si bien el padrón ha sido cruzado con la última información oficial que se tiene del RENIEC, no todos los ciudadanos han logrado culminar los trámites de registro de defunción de sus familiares fallecidos, pero ello no afecta la asignación del hogar como beneficiario.Para poder evaluar el caso y considerar una reasignación del autorizado o receptor/perceptor a otro miembro del hogar y así cobrar el subsidio, le pedimos que registre su caso en https://consultas.bonouniversalfamiliar.pe/. Asimismo, le sugerimos adjuntar la evidencia de la condición de fallecido de su familiar (Acta de Defunción emitido por RENIEC).
MUNICIPALIDAD DE MIGUEL CHECA A TRAVES DE LA GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL, PONE A DISPOSICIÓN EL LINK PARA EL COBRO DE SUBSIDIO DE FAMILIAR AUTORIZADO DEL TITULAR FALLECIDO DEL BONO UNIVERSAL